Hola,
Aquí tienes una pequeña "chuleta" con pautas sobre la facturación.
Valores actuales para el 2015:
Si el cliente es empresa/autónomo español (península + Baleares):
+ 21% de IVA
- 9% ó 19 % de IRPF
Si el cliente es un particular español (península + Baleares):
+ 21% de IVA
- 0% de IRPF
Si el cliente es empresa/autónomo español (Canarias):
+ 0% IVA
- 9% ó 19% de IRPF
Si el cliente es un particular español (Canarias):
+ 0% IVA
- 0% de IRPF
Si el cliente es extranjero de UE:
Debe darte el VAT no. (un número NIF/CIF internacional). Puedes comprobar la validez de este número aquí:
http://ec.europa.eu/taxation_customs/vies/vieshome.do Si lo hace:
+ 0% IVA
- 0 % de IRPF
Si no lo hace:
+ 21% IVA
- 0% de IRPF
Si el cliente es extranjero pero no es de UE:
+ 0% IVA
- 0 % de IRPF
El porcentaje del IRPF depende de lo siguiente:
- 9%: aplicable durante el año en el que te das de alta como autónoma por primera vez en tu vida, más 2 años siguientes;
- 19%: aplicable a partir del cumplimiento del período anteriormente descrito.
También es posible aplicar el 19% de la retención del IRPF desde el principio del ejercicio de la actividad, pero lo importante es ser consecuente y no variar este porcentaje una vez emitida al menos una factura (vamos, a lo largo de un ejercicio no se puede emitir algunas facturas con la retención del 9% y otras con la del 19%).
Saludos,
M.